¿Puede, el empresario, modificar las condiciones laborales por las que, en su momento, contrató al trabajador?
La respuesta es sí. Ya que dispone del poder de dirección en su negocio. Sin embargo, será necesario que existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es decir, una causa objetiva que justifique la modificación sustancial del contrato.
Pero, ¿cuándo podremos hablar de modificación sustancial del contrato? Cuando el empresario introduzca cambios en aspectos tales como:
