Donaciones

La donación es un acto por el cual una persona cede a otra de manera gratuita una parte o la totalidad de sus bienes presentes. En la donación, la aceptación de la persona que recibe los bienes es muy importante ya que debe ser expresa y clara aceptando los bienes donados.

Para que la donación tenga efectos legales debe de inscribirse en el Registro Público y abonarse el impuesto de sucesiones y donaciones en el plazo estipulado por la ley. Este impuesto varía en función del grado de parentesco entre donante y donatario, existiendo bonificaciones cuando se hace entre padres e hijos o a favor del cónyuge. El donatario, que es la persona que recibe los bienes y derechos en donación es la persona que se tiene que encargar de pagar este impuesto.

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante o parte de ellos, con tal de que el donante se reserve lo necesario para vivir en condiciones. Se puede hacer la donación tanto de bienes muebles, como inmuebles o de derechos.

Existen distintos tipos de donaciones como vamos a explicar a continuación:

son donaciones inter vivos aquellas en las que el donante cede parte de su patrimonio en vida. Por el contrario, son donaciones mortis causa aquellas que producen sus efectos por muerte del donante.

Donaciones puras las que el donante cede parte de su patrimonio como una liberalidad gratuita y simplemente tienen como deseo beneficiar a un tercero, es la que más se realiza. Las donaciones modales son las que se imponen al donatario con una carga o gravamen o cualquier tipo de actuación.

Son aquellas que buscan beneficiar a una persona por sus méritos o por los servicios prestados al donante siempre que no constituyan deudas exigibles.

Son aquellas donaciones en las que el donante se reserva la facultad de disponer de algunos de los bienes donados o de alguna cantidad, pero si muere sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario.

Son aquellas donaciones en las que el donante se reserva la facultad de disponer de algunos de los bienes donados o de alguna cantidad, pero si muere sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario.

Son aquellas donaciones en las que el donante se reserva la facultad de disponer de algunos de los bienes donados o de alguna cantidad, pero si muere sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario.

Las donaciones son actos gratuitos y voluntarios que se realizan sobre bienes presentes y que solo son efectivos cuando el receptor las acepta. En la actualidad, debido a la situación económica de los jóvenes, muchas familias eligen la donación en vida en lugar de la compraventa. Sin embargo, al estar este trámite tan estrechamente ligado a las herencias, suele ser foco de conflictos familiares, por lo que resulta fundamental contar con el asesoramiento de un despacho de abogados especializado que garantice una tramitación eficaz y sin complicaciones.