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Causas del despido objetivo en cuanto a las circunstancias del trabajador



Causas del despido objetivo en cuanto a las circunstancias del trabajador
  • 07 Julio 2023

El despido objetivo es una forma de extinción de la relación laboral que adopta el empresario por causas que son ajenas al trabajador, ya que dependen del funcionamiento y la necesidad de la empresa basadas en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, así como de condiciones sobrevenidas del trabajador que le impiden desempeñar su puesto de trabajo.

 

Causas del despido objetivo en cuanto a las circunstancias del trabajador

El despido puede basarse en:

  • Ineptitud del trabajador: cuando a un trabajador le aparece una incapacidad que le impida desarrollar su puesto de trabajo, el empresario puede motivar el despido por esta causa, siempre y cuando, esta incapacidad impida el desempeño de la totalidad de las funciones inherentes a su puesto y que sea conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación en la empresa.
  • Falta de adaptación a las modificaciones técnicas: para este despido se exige que la empresa previamente haya facilitado al trabajador la formación pertinente y un período de adaptación de dos meses como mínimo a los avances tecnológicos y procesos técnicos que pueda modificar la empresa. Si el trabajador, a pesar de los medios puestos a su disposición no se adapta a las nuevas demandas, se entenderá justificado el despido objetivo
  • Falta de asistencias continuas, aunque estén justificadas: este tipo de despido se puede producir cuando el trabajador tenga ausencias en el trabajo aunque estén justificadas en más de un 20% de la jornada dentro de un período de dos mese consecutivos o del 25% en cuatro meses discontinuos, a lo largo de un año.

 

Causas del despido objetivo en cuanto a las circunstancias de la  empresa

El despido puede basarse en:

  • Causas técnicas: en el caso de que exista implantación de cambios en los medios o instrumentos de producción dentro de la empresa
  • Causas organizativas: concurren causas organizativas en una empresa cuando se produzcan cambios en el sistema y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.
  • Causas productivas: en el caso de que existan cambios en la empresa por la evolución de sus productos o servicios.
  • Causas económicas: cuando exista una situación económica negativa de la empresa con pérdidas actuales o previstas o una disminución persistente en los ingresos o ventas durante tres trimestres consecutivos.

 

Despido objetivo indemnización, ¿cómo reclamarla?

 

El despido objetivo es una forma de extinción de la relación laboral que genera una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades.

Para calcular la indemnización por despido objetivo hay que tener en cuenta una serie de conceptos:

  • Los años trabajados: se calculan según la antigüedad del trabajador en la empresa
  • Salario bruto diario: se calcula el salario anual con la suma de los salarios brutos de los últimos doce meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año.

La indemnización del despido objetivo debería de entregarse en el mismo momento en el que se proporciona la carta de despido al trabajador. Esta puesta disposición puede ser mediante cheque, en metálico o transferencia bancaria, es decir, no se exige de manera absoluta que el trabajador tenga el dinero en el momento de la notificación, sino que la empresa realice todos los actos necesarios para abonar la indemnización en ese momento.

Existe una excepción a esta regla y es que la empresa alegue para el despido falta de liquidez por causas económicas. En este supuesto la empresa debe hacer constar en la carta de despido las dificultades económicas que provocan la falta de liquidez.

En el caso de que la indemnización no esté calculada correctamente o que no se ponga a disposición del trabajador en el momento de la entrega de la carta de despido, el trabajador podrá reclamar el cobro de la indemnización por despido en el plazo de veinte días hábiles desde que ha recibido la carta de despido.

El trabajador tendrá que interponer una papeleta de conciliación en el organismo administrativo correspondiente en el que reclame que no ha sido abonada la indemnización o que la misma, no ha sido calculada correctamente.

Igualmente, en el caso de que no esté conforme con las causas que alega la empresa en la carta de despido, el trabajador puede recurrir el despido y mostrar su disconformidad y solicitar que el despido sea declarado improcedente o nulo.

 

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