Inicio Blog ¿Cuándo te corresponde la pensión compensatoria?

¿Cuándo te corresponde la pensión compensatoria?



¿Cuándo te corresponde la pensión compensatoria?
  • 27 Agosto 2021

La pensión compensatoria es una asignación económica que percibe uno de los cónyuges por el desequilibrio económico surgido del divorcio o de la separación.  

La pensión compensatoria se encuentra regulada en el art. 97CC el cual establece: “el cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior al matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.” 

No hay que confundir la pensión compensatoria con la pensión de alimentos. La primera tiene su origen en el desequilibrio económico que sufre uno de los cónyuges por el divorcio en comparación con la situación que mantenía durante el matrimonio y la segunda es una asignación económica que el progenitor no custodio tiene que abonar a sus hijos para ayudar en su educación, alimentación, vestido. 

Tramitamos de forma rápida y eficaz tu custodia. Abogados especialistas en derecho de familias

Contacta ya con nosotros e inicia cuanto antes el proceso,

Pensión compensatoria en un divorcio con hijos 

La pensión compensatoria se puede establecer de mutuo acuerdo entre los cónyuges en un Pacto de Relaciones Familiares, de tal manera que se pacte el importe y la duración de la pensión, pudiendo ser temporal hasta que el cónyuge que percibe la pensión pueda recuperarse económicamente o vitalicia.  

Si no hay acuerdo entre los cónyuges se tiene que establecer la pensión compensatoria mediante un procedimiento judicial que termine en sentencia, en el que el juez indique la duración y el importe de la pensión.  

Como hemos indicado la pensión compensatoria puede ser temporal o vitalicia. La duración de la pensión compensatoria dependerá de los siguientes factores del beneficiario de la pensión: 

  • Edad y el estado de salud 
  • Cualificación y acceso al mercado laboral
  • La dedicación pasada y futura a la familia
  • La colaboración con el trabajo mercantil del otro cónyuge
  • La duración del matrimonio
  • La pérdida eventual de un derecho de pensión
  • El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge
  • Cualquier otra circunstancia importante a tener en cuenta

Pensión compensatoria en una separación con hijos  

Es muy importante que en la separación se fije un importe de pensión compensatoria puesto que, de no hacerlo, en el divorcio no se va a poder exigir. Hay que tener en cuenta esta circunstancia, si no se solicita la pensión en este momento, luego se pierde el derecho de poder reclamarla judicialmente.  

Respecto al resto de pronunciamientos son completamente iguales que en el divorcio, la pensión compensatoria puede fijarse de mutuo acuerdo en el Pacto de Relaciones Familiares o, sino solicitarla judicialmente. 

USO DE COOKIES
Utilizamos cookies propias y de terceros, analizando sus hábitos de navegación en nuestra página web, con la finalidad de garantizar la calidad, seguridad y mejora de los servicios ofrecidos a través de la misma. En los casos en que el usuario no manifieste expresamente si acepta o no la instalación de las cookies, pero continúe utilizando nuestra página web, se entenderá que éste ha dado su consentimiento, informándole expresamente de la posibilidad de bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador. Puede obtener más información a este respecto consultando nuestra Política de Cookies.

ACEPTAR POLÍTICA DE COOKIES