INCAPACIDAD PERMANENTE o INCAPACIDAD TEMPORAL

Tu prestación, pensión o indemnización de forma rápida y eficaz en Zaragoza.

Incapacidad permanente total

Incapacidad permanente absoluta

Incapacidad permanente parcial

Sea cual sea tu incapacidad laboral, te ahorramos tiempo y problemas en el trámite en Zaragoza.

Consultanos sin compromiso en el 605 02 82 35 o déjanos tus datos y te llamamos.



    ¿Quieres cobrar cuanto antes tu prestación por incapacidad permanente o temporal?

    No esperes y contáctanos cuanto antes para iniciar el proceso, ya que el plazo máximo que tiene la Seguridad Social para resolver sobre tu solicitud de incapacidad permanente es de 136 días hábiles. Cuanto antes iniciemos el trámite, antes obtendrías tu prestación.

    El éxito de tu solicitud depende de contar con abogados con experiencia y numerosos casos resueltos favorablemente. Nuestra gestión profesional nos hace agiles y eficaces.

    ¿Cómo te ayudamos en tu solicitud de prestación por incapacidad laboral?

    Pasos para solicitar la incapacidad permanente

    1. Entregar solicitud al INSS con la documentación requerida y los informes médicos con las secuelas y dolencias del trabajador.

    2. Si se deniega, interponer recurso administrativo recurriendo la denegación de la incapacidad permanente.

    3. En el caso de que se vuelva a denegar por el INSS una vez interpuesto el recurso, se debe interponer demanda judicial.

    4. Celebración del juicio de incapacidad permanente con la asistencia de un perito médico

    5. En caso de aprobarse la incapacidad, se procederia al trámite para la prestación.

    Tenemos experiencia en los asuntos pertenecientes al ámbito del Derecho Laboral, y muy especialmente en incapacidad permanente. También conseguimos la máxima indemnización por despido relacionadas con tu salud

    TIPOS DE INCAPACIDAD LABORAL

    La incapacidad laboral tiene lugar cuando un trabajador no se encuentra en condiciones parta poder realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo ya sea porque ha sufrido un accidente de trabajo o padece una enfermedad común o laboral. Dependiendo del grado de reducción de la capacidad del trabajador, se distinguen distintos grados de incapacidades laborales.

    1.- Incapacidad permanente parcial: es la situación en la que se encuentra un trabajador cuando las secuelas del accidente o enfermedad le producen una disminución del rendimiento normal de su capacidad al 33%. Es una indemnización a tanto alzado.

    2.- Incapacidad permanente total para la profesión habitual: el trabajador, en este caso, se encuentra inhabilitad para realizar todas las funciones principales de su profesión habitual, sin embargo, puede dedicarse a otra profesión distinta. Es una indemnización mensual que se abona el 55% de la base reguladora

    3- Incapacidad permanente absoluta: este grado de incapacidad impide al trabajador desempeñar cualquier profesión. Es una indemnización en la cual se percibe el 100% de la base reguladora.

    4.- Gran Invalidez: el trabajador no puede valerse por si mismo y, por ello, requiere la asistencia de un cuidador para hacer sus tareas diarias. Esta situación supone un complemento del 45% del salario mínimo interprofesional.