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Incapacidad Permanente: ¿Cuánto se cobra y como solicitarla en Zaragoza?



Incapacidad Permanente: ¿Cuánto se cobra y como solicitarla en Zaragoza?
  • 14 Junio 2022

Es importante conocer cuál será la cuantía de la pensión por incapacidad permanente, sea incapacidad permanente parcial o total que le corresponde al trabajador. Esta pensión tiene una base reguladora a la cual se le aplica un porcentaje dependiendo del grado de incapacidad concedido. Es importante contar con la ayuda de un experto abogado incapacidad laboral en Zaragoza.

Es necesario un periodo de cotización mínima en caso de que la incapacidad permanente provenga de una enfermedad común. En casos de incapacidades permanente derivados de accidente, sea o no laboral, o a enfermedad profesional no se exige ningún período mínimo de cotización.

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La base reguladora que se coge de referencia varía según la causa de incapacidad permanente (accidente laboral, enfermedad profesional o enfermedad común) y del salario percibido por el trabajador.

Dependiendo el grado de incapacidad concedido (parcial, total, absoluta o de gran invalidez) se aplica a la base reguladora un porcentaje que puede ser del 55%, 75% o del 100%.

Para solicitar en Zaragoza la incapacidad permanente puede hacerse directamente por el trabajador o iniciando la solicitud la mutua o en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Es importante que el trabajador contrate los servicios de un abogado especialista en derecho laboral incapacidades para que le pueda asesorar desde el comienzo del proceso en vía administrativa así como, posteriormente, en vía judicial.

El proceso comienza con una solicitud de incapacidad permanente en vía administrativa, pudiendo realizar una reclamación previa ante el INSS en caso de denegación y, posteriormente, una demanda judicial.

 

¿Qué requisitos hay en Zaragoza para la incapacidad permanente?

Para la concesión de la incapacidad permanente se deben de cumplir dos requisitos:

El primer de ellos son las lesiones físicas o psicológicas que padece el trabajador: las limitaciones funcionales tienen que ser permanentes impidiendo que se puedan realizar las funciones, al menos principales, de la profesión habitual.

El segundo de los requisitos es el número de años cotizados: en los casos de accidente laboral o común o enfermedad profesional. Sin embargo, en el caso de que la incapacidad permanente se solicite por enfermedad común si que se exige un período mínimo de cotización:

  • Si el sujeto causante tiene menos de treinta y un años de edad, la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los dieciséis años y la del hecho causante de la pensión.
  • Si el causante tiene cumplidos treinta y un años de edad, la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los veinte años y la del hecho causante de la pensión, con un mínimo, en todo caso, de cinco años. En este supuesto, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar comprendida dentro de los diez años inmediatamente anteriores al hecho causante.

 

¿Cómo solicitar la invalidez parcial o permanente para cobrar una pensión?

 

Primero debe realizarse una solicitud de incapacidad permanente que debe presentarse por el trabajador, la mutua, Inspección de Trabajo o el INSS. Esta solicitud es resuelta por el INSS estimando o desestimando la prestación por incapacidad permanente.

En el caso de que sea desestimada, se puede interponer una reclamación previa para volver a solicitar la incapacidad permanente del trabajador. Si vuelve a ser denegada, se ha puesto final a la vía administrativa y se comienza la solicitud de la incapacidad permanente mediante demanda judicial.

Una vez admitida a trámite la demanda, se convoca a las partes a una vista oral que terminará con una sentencia estimatoria de la solicitud o desestimatoria. En el caso de que se estime la pensión de incapacidad permanente, el INSS tendrá que abonarla con efectos retroactivos desde la primera solicitud en vía administrativa.

Es muy importante que el trabajador esté asesorado durante todo el proceso por un abogado laboralista expertos en temas de incapacidad laboral para que le recomiende solicitar los informes médicos pertinentes para entregar en el acto del juicio.

Igualmente, es totalmente recomendable la intervención de un perito médico que examine al trabajador y que defienda su incapacidad permanente debido a sus lesiones y secuelas y al impediente para realizar su profesión habitual.

 

¿Dónde se tramita la solicitud y expediente de incapacidad permanente en Zaragoza?

La solicitud de incapacidad permanente se realiza en cualquiera de las oficinas administrativas del Instituto Nacional de seguridad Social de Zaragoza de manera presencial o en vía administrativa a través de su web.

Es necesario rellenar un modelo de solicitud de incapacidad permanente haciendo entrega de documentación médica en la que consten las lesiones del trabajador, así como su Documento Nacional de Identidad y una certificación de titularidad bancaria.

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