La incapacidad sobrevenida se encuentra estipulada como una de las causas de despido objetivo recogidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Este supuesto consiste en que la empresa cuando contrata a un trabajador en su empresa, éste se encuentra en perfectas condiciones tanto físicas como mentales para poder realizar su puesto de trabajo.
Sin embargo, a lo largo de la relación laboral el trabajador puede sufrir algún tipo de pérdida de capacidad o habilidad para realizar su trabajo de manera eficiente como lo estaba realizando anteriormente.
La ineptitud sobrevenida puede ser por falta de capacidad del trabajador tanto física como mental o por la evolución de las competencias requeridas para su puesto de trabajo, o cambios y adaptaciones a la nueva tecnología.
¿Cómo se debe realizar el despido por incapacidad sobrevenida?
La empresa debe notificar por escrito una carta de despido con un preaviso de quince días o, en el caso de que no exista preaviso, enviárselo económicamente y detallar los motivos por los que considera que se ha producido la incapacidad sobrevenida que no permite al trabajador desempeñar las funciones de su puesto de trabajo con la misma eficacia con la que lo realizaba.
La empresa tiene que poder demostrar la ineptitud del trabajador, aportando pruebas y datos concretos, así como demostrar que no ha podido reubicarlo en otro puesto que se ajuste a sus circunstancias.
¿Cuál es la indemnización de despido por incapacidad sobrevenida?
La indemnización que corresponde por despido por incapacidad sobrevenida es la del despido objetivo, consistente en veinte días por año trabajado con doce mensualidades, y debe entregarse esta cuantía inmediatamente a la entrega de la carta de despido.
¿Qué derechos tienes si no estás conforme con el despido objetivo?
En muchas ocasiones, las empresas realizan despidos por incapacidad sobrevenida para abonar al trabajador la indemnización de despido objetivo de 20 días por año trabajado y no la correspondiente al despido improcedente, que son 33 o 45 días.
En estas situaciones, en las que no son ciertos los motivos alegados en la carta de despido y la empresa intenta ahorrarse la indemnización total por el despido, el trabajador debe recurrir el despido por incapacidad sobrevenida y solicitar que se considere despido improcedente, reclamando la diferencia entre la indemnización percibida por el despido objetivo y la correspondiente al despido improcedente.
En estos casos, es necesario contratar a un abogado especializado en derecho laboral en Zaragoza para que impugne el despido objetivo y solicite la nulidad o improcedencia con la indemnización que legalmente te corresponda.