El despido procedente es una forma de finalización del contrato de trabajo basada en una causa justificada y debidamente probada por la empresa, como puede ser un despido motivado por una mala situación económica del negocio o de la compañía.
Existen dos tipos de despido procedente:
- Despido disciplinario, por causa imputable al trabajador, como pueden ser las faltas de asistencia, situaciones de acoso o robo.
- Despido objetivo, por causas imputables a la empresa, principalmente de carácter económico, técnico u organizativo.
Nos encontramos, por tanto, ante un despido procedente que cumple con todos los requisitos legales y que está debidamente justificado. Por ello, surgen dudas habituales en relación con la indemnización y el paro.
¿Existe derecho a indemnización en un despido procedente?
La duda o la incertidumbre ante un despido procedente es normal. No obstante, la legislación española diferencia claramente los supuestos en los que existe o no derecho a indemnización.
La indemnización es una cantidad económica que se abona al trabajador cuando finaliza la relación laboral. En el caso del despido procedente, únicamente se dará derecho a indemnización en dos situaciones concretas:
- Cuando se trate de un despido objetivo, es decir, aquel basado en causas no imputables al trabajador, sino a la empresa, como circunstancias económicas, técnicas u organizativas.
- Cuando nos encontremos ante un despido colectivo (ERE). En este supuesto, hablamos de un procedimiento legal que utiliza una empresa cuando atraviesa dificultades económicas, técnicas u organizativas, permitiéndole extinguir contratos de trabajo con varios trabajadores, así como reducir jornadas o suspender contratos.
En estos casos, la indemnización será de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Derecho a paro tras un despido procedente
En cuanto al paro, el derecho a percibir las prestaciones por desempleo es inherente al despido procedente. Es decir, el trabajador tendrá derecho a paro independientemente de que el despido procedente sea disciplinario u objetivo.
No obstante, para poder acceder al paro, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
- Estar inscrito como demandante de empleo y solicitar el paro en un plazo de 15 días hábiles desde la fecha del despido.
Si tiene alguna duda sobre el despido procedente, el procedimiento a seguir o sus derechos en cualquier tipo de despido, no dude en contactar con nuestro despacho de abogados, donde contamos con especialistas que estarán encantados de ayudarle.