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Improcedencia del despido disciplinario por falta de audiencia previa



Improcedencia del despido disciplinario por falta de audiencia previa
  • 19 Diciembre 2025

Antes de comenzar a analizar esta novedad, conviene recordar que el despido disciplinario es aquel que extingue la relación laboral derivada de un contrato de trabajo por un incumplimiento grave del trabajador, como pueden ser las faltas de asistencia, el abuso de confianza o el acoso.

A raíz de una sentencia dictada en este año, nos encontramos ante una modificación relevante de este procedimiento, el cual se venía aplicando de la misma forma desde hace más de 40 años.

En dicha sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado la improcedencia del despido disciplinario en una empresa del sector del transporte y logística, debido a la ausencia del trámite de audiencia previa al trabajador.

La audiencia previa en el despido disciplinario

La audiencia previa es un procedimiento mediante el cual la empresa comunica al trabajador los hechos o incumplimientos graves que se le imputan, otorgándole la posibilidad de defenderse antes de que se adopte la decisión definitiva del despido disciplinario.

El Tribunal Supremo ha considerado que la falta de este trámite determina la improcedencia del despido, al vulnerarse el derecho de defensa del trabajador.

Se trata de la primera sentencia en la que se reconoce expresamente que un despido disciplinario puede ser declarado improcedente por la ausencia de la audiencia previa, en este caso concreto porque el Convenio de Lleida, lugar donde se produjo el despido, no regula de forma completa el procedimiento sancionador. Esta circunstancia obliga a acudir al convenio estatal y aplicarlo de forma supletoria.

Consecuencias de la improcedencia del despido disciplinario

Al tratarse de una única sentencia del Tribunal Supremo, todavía no puede afirmarse con certeza si esta resolución supondrá un cambio definitivo en la doctrina o una modificación estructural del procedimiento de despido disciplinario.

No obstante, esta resolución abre la puerta a que futuros despidos disciplinarios puedan ser declarados improcedentes cuando no se respete el trámite de audiencia previa al trabajador, especialmente en aquellos supuestos en los que el convenio colectivo aplicable no regule de forma expresa el procedimiento sancionador.

Si tiene cualquier duda sobre la improcedencia del despido disciplinario, la audiencia previa o el procedimiento de despido, en nuestro despacho de abogados contamos con profesionales especializados que estarán encantados de ayudarle.

 

 
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