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Custodia para la madre: requisistos



Custodia para la madre: requisistos
  • 06 Febrero 2023

En la mayoría de las rupturas sentimentales con hijos menores, cuando asesoramos a las mujeres para la tramitación de estos procedimientos, como madres, sentimos mucho miedo de perder la custodia de sus hijos, que cambie radicalmente el contacto diario con sus hijos y la forma de relacionarse con ellos.

Es un procedimiento angustioso porque es un cambio que conlleva muchas incertidumbres y miedos, ya que muchas veces no las madres no confían en el cuidado y atención que el otro progenitor pueda prestar a sus hijos en los espacios de tiempo que comparten con ellos.

En este artículo vamos a analizar la custodia para la madre y sus requisitos teniendo en cuenta la jurisprudencia actual en esta materia.

Factores que dependen de la custodia completa para la madre

.-De la dedicación a los hijos que ha tenido durante la convivencia familiar antes de la ruptura: en los juzgados de familia se valora mucho que fueron la madre la que se ocupaba en exclusiva o, en su mayoría, de los cuidados y atenciones de los hijos comunes. Dado que lo que se quiere es que el cambio no afecta mucho a los menores y que la situación sea lo más parecido posible a antes de la ruptura.

.- De la disponibilidad de tiempo que tiene para estar con sus hijos: es importante acreditar que la madre dispone de mucho tiempo para permanecer con sus hijos para ayudarles en sus tareas diarias, en sus deberes y ayudas escolares. Hay que tener en cuenta el horario laboral de cada uno de los progenitores para solicitar la custodia total de un hijo .

.- De la edad de los menores: este punto es muy importante de valorar para conceder la custodia exclusiva para la madre , puesto que si se trata de un bebé lactante de menos de dos años , la custodia total de un hijo suele concederse a la madre A partir de los tres años, puede llegar a ser más factible conseguir la custodia compartida debido a que los menores no necesitan tanta dependencia directa de las madres.

.-Interés y bienestar del menor: todas las medidas que se adoptan tanto de mutuo acuerdo entre los progenitores como en sede judicial deben tenerse en cuenta valorando el interés y bienestar del menor puesto que son los que más sufren en las crisis matrimoniales.

.- Proximidad del domicilio y del centro escolar: es importante también acreditar que la proximidad del domicilio de la madre y del centro escolar es cercana, de cara a poder recoger al menor y llevar al colegio, pudiendo permanecer en su mismo entorno social anterior a la ruptura.

.- Voluntad del propio menor en función de su edad: en función de la edad del menor, ellos mismos pueden dar su opinión en cuanto al sistema de guarda y custodia que quieren, si prefieren la custodia exclusiva con la madre . En los juzgados se tiene en cuenta no sólo la edad cronológica de 12 años del menor sino su capacidad de entender y su madurez, pudiendo ser escuchado directamente por el juez a pesar de tener menos de 12 años.

.- Relación entre ambos progenitores: es fácil establecer un sistema de guarda y custodia compartida si ambos progenitores no tienen buena relación, ya que es muy importante en las rupturas con menores que la comunicación entre ambos padres sea lo más cordial posible por el bienestar del menor

.- Apoyo familiar que pueda tener para el cuidado de sus hijos en ocasiones puntuales: los juzgados de familia valoran que la madre tenga apoyos familiares o de amistades que puedan, en ocasiones puntuales, ayudar con el cuidado del menor. Es importante, que el menor siga teniendo ese contacto con sus familiares cercanos para que siga rodeado de un entorno seguro y cariñoso para su desarrollo.

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