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¿Cómo contratar un seguro de baja laboral?



¿Cómo contratar un seguro de baja laboral?
  • 30 Julio 2019

¿Qué es un seguro de baja laboral?

Cuando un trabajador padece una enfermedad o sufre un accidente y se ve impedido para desempeñar su labor profesional de manera temporal teniendo disminuida su capacidad laboral se produce una situación de incapacidad temporal conocida como baja laboral.

Para suplir los ingresos que se dejan de percibir por el trabajo realizado, el trabajador comienza a percibir una prestación por incapacidad laboral otorgada por la Seguridad Social.

El seguro de baja laboral que aportan una indemnización diaria durante el período que perdura la inactividad profesional y que es perfectamente compatible con la prestación por incapacidad temporal.

Al estar de baja no se cobran todos los conceptos de una nómina puesto que muchos de ellos dependen de logros y de la realización del trabajo, por lo que al permanecer de baja laboral merman los ingresos. Es por ello, que muchos trabajadores contratan un seguro de baja laboral para complementar la bajada de ingresos percibidos.

 

¿Cómo consigo un seguro de baja laboral?

El seguro de baja laboral se contrata con una aseguradora que cuente con amplia experiencia en seguros de Incapacidad Laboral que pueda garantizarte las mejores condiciones.

 

¿Quién puede contratar un seguro de baja laboral?

Para poder contratar el seguro de baja laboral se tiene que percibir una remuneración económica por el trabajo desempeñado ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia (autónomo)

El trabajador tiene que cotizar a la seguridad social teniendo una edad entre los 16 y 65 años tanto por cuenta ajena como autónomos.

 

¿Cuál es la duración del seguro de baja laboral?

La duración máxima de la prestación del seguro de baja laboral la decide el trabajador al contratar la póliza. Generalmente la duración suele ser de doce, dieciocho y veinticuatro meses.

 

¿Qué incluye el seguro de baja laboral?

Las coberturas que cubra un seguro de baja laboral dependen de cada aseguradora.

En algunos casos, las aseguradoras pueden ofrecer una indemnización si el asegurado tuviese que ser ingresado en un hospital.  La cuantía y duración de esta compensación depende de las condiciones pactadas en la póliza.

El parte, aunque no es una enfermedad, algunas compañías pueden incluirlo entre sus coberturas siempre que superen el período de carencia estipulado de ocho, nueve o doce meses.

En el caso de que el asegurado fallezca, la compañía aseguradora abonaría al beneficiario de la póliza una indemnización de cuantía fijada en la contratación del seguro de baja laboral.

También se puede incluir la invalidez permanente absoluta percibiendo el asegurado una indemnización en estos supuestos. Consulta con nuestra abogada de derecho laboral en Zaragoza

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